Será el responsable de la supervisión y evaluación del cumplimiento de los requisitos para la creación y funcionamiento de los Centros de Educación Superior, de los estándares básicos obligatorios de las instituciones del nivel y de los estándares básicos obligatorios de programas del Nivel de la Educación Superior a aplicar por los centros de educación superior incorporados al El Nivel, a fin de contribuir al mejoramiento del desarrollo curricular de los mismos.
Asimismo, será responsable de analizar la experiencia internacional sobre este tema y proponer modelos de supervisión eficientes, que permitan de manera objetiva y ágil emitir los informes sobre las supervisiones realizadas a las instituciones del nivel. Esta experiencia internacional deberá ser discutida y socializada mediante seminarios o talleres con todas las instituciones del nivel de educación superior. Deberá elaborar el plan de supervisión anual y presentarlo a las autoridades correspondientes para su autorización y dar seguimiento a las resoluciones emanadas del Consejo de Educación Superior en lo referente a la supervisión y evaluación de los centros.
Para la realización de sus actividades contará con equipo de consultores, quienes de acuerdo a sus especialidades les acompañarán para cumplir las responsabilidades asignadas.
Este departamento estará a cargo de un Jefe, con formación universitaria a nivel de posgrado y con amplia experiencia en gestión y evaluación universitaria. Será seleccionado por el Director Ejecutivo y nombrado por la Rectoría, mediante concurso público por un período hasta cuatro (4) años, pudiendo ser ratificado para un segundo período con base a una evaluación de su desempeño. En caso de incumplimiento de sus funciones, podrá ser removido de su cargo.
El departamento contará con un equipo de asistentes técnicos que se requieran para el eficiente y eficaz funcionamiento.
Texto extraído del Acuerdo JDU-12-2012.