
Consejo Técnico Consultivo
El Consejo Técnico Consultivo está integrado por los Rectores o Directores o la autoridad superior jerárquica del Centro. El CTC debe ser oído por el CES para resolver sobre cualquier asunto de carácter general o cuando el CES le solicite opinión, sus dictámenes tendrán carácter ilustrativo.
Atribuciones del Consejo Técnico Consultivo
Ver Atribuciones
- Elegir seis Rectores, Directores o autoridad jerárquica superior de los centros, para integrar el Consejo de Educación Superior.
- Asesorar al Consejo de Educación Superior.
- Dictaminar en asuntos académicos sobre los que deba emitir resolución definitiva de fondo el Consejo de Educación Superior.
- Dictaminar sobre la conveniencia o inconveniencia de la autorización, fusión o cierre de carreras o de centros de Educación Superior.
- Pronunciarse sobre asuntos académicos de interés general para el nivel de Educación Superior.
- Elevar consultas ante el Claustro Pleno, para los efectos de crear doctrina académica.
- Elaborar anteproyectos de reglamentos y de reformas a los mismos, en asuntos de educación superior, para someterlos al Consejo de Educación Superior.
- Presentar recomendaciones al Consejo de Educación Superior para lograr la excelencia académica en los Centros del Nivel.
Actas CTC
Documentos
Nombre del documento | Información | Enlace |
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2963 pdf 20 KB 18/08/2017 9:42am |
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